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martes, 28 de noviembre de 2017

FISCAL BARRIONUEVO TORRES HACE PERDER TIEMPO, DINERO Y PACIENCIA

El fiscal coordinador de la Fiscalía Provincial Corporativa de Padre Abad, Miguel Ángel Barrionuevo Torres, firma requerimientos de sobreseimientos sin una rigurosa investigación y adjunto con cientos de folios en donde no se halla lo elemental para esclarecer los hechos y fundamentar su trabajo, siendo un gasto inútil para el estado y engorroso para los denunciantes, a quienes les hace perder tiempo, dinero y paciencia.

Hemos tenido la mala experiencia en casos de delitos comprobados que hemos puesto en sus manos para que simplemente corrobore haciendo su labor fiscal, pero  todo lo contrario, hizo lo más fácil, archivarlo sin hacer  las diligencias mínimas necesarias. Apelar esa decisión significa pagar un monto, invertir tiempo y dedicación. Todo para qué, para que sea archivado nuevamente.  

Este hecho se repite constantemente y lo que resulta es impunidad y desconfianza en su labor. La pregunta es si a esta actitud se le puede considerar como culposo o doloso, si es inocencia o desidia, es delito o falta de esta autoridad al hacer un trabajo así. Si es delito, cómo lo tipificaríamos y si es falta, qué falta sería. Necesitamos que un abogado le eche ojo a esta publicación para que le dé la forma correcta. Pero hay un fondo en este asunto, que el fiscal Barrionuevo Torres no está haciendo bien su labor.

Un caso que llama la atención actualmente es sobre el expediente 242-2016. Como indicamos antes, también para este caso está solicitando sobreseimiento sin considerar elementos claves de convicción, sin haber agotado la investigación. Cuando Su labor debe hacer honor al acto de investigar.

Resulta que, el Maestro Julián Blas Tucto concursó el 2016 a una plaza: Responsable Local de la Calidad de la Información de la Ugel de Padre Abad, ganó el concurso en el primer lugar, pero la comisión evaluadora no le firmó el contrato aduciendo que el profesor, por 3 años, no podía salir de su colegio por haber sido beneficiario de una BECA. La UGEL sustentaba su decisión con norma de la Beca que en parte indica "el compromiso servicio al Perú". No obstante, PRONABEC se pronuncia en una carta a solicitud del maestro, donde manifiesta que no está impedido a postular y ejercer este tipo de cargos.

Dado que la UGEL no quiso aceptar a la misma opinión de PROBANEC, el maestro haciendo uso de su derecho, formula denuncia penal a los de la comisión de la UGEL ante el Ministerio Público por abuso de autoridad.

Como era de esperarse, Barrionuevo  y su equipo para opinar sobre este caso, solicitó informe a PRONABEC, pero es curioso que se haya pronunciado antes, el 01 de enero del 2016, sin tener en sus manos la respuesta de la entidad de las BECAS.

PRONABEC, a solicitud de Melissa Juana Santisteban Rodríguez, fiscal adjunto de fiscalía de Padre Abad, con oficio 872-MINEDU/VMGI-PRONABEC, responde y ratifica la carta emitido anteriormente al profesor Julián, que el compromiso SERVICIO AL PERÚ no es impedimento para que el interesado pueda postular a otras plazas. Este oficio lo firma la directora ejecutiva de PRONABEC, Marushka Chocobar Reyes, a la vez adjunta informe del especialista de seguimiento y monitoreo de becas del área específica, Oficina de Becas de Posgrado.

Cuando este documento clave debió usar el fiscal Barrionuevo Torres y pronunciarse conforme al principio harto conocido por los abogados que algunos hacen el papel de jueces y fiscales, objetividad e imparcialidad, vemos su pedido de sobreseimiento, que sólo hace perder tiempo, dinero y paciencia a los que buscan justicia.

Escribe: Prof. Bilsán Salazar Uzuriaga

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