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miércoles, 16 de noviembre de 2016

ORDENAN CAPTURA Y PRISIÓN DE LOIBER ROCHA PINEDO


Luego de revocar la resolución N° 06, de fecha 16 de setiembre del 2016, que declara fundado la solicitud de Cesación de la Prisión Preventiva, Corte Superior de Justicia de Ucayali ordena la captura e internamiento del investigado Loiber Rocha Pinedo en el Establecimiento Penitenciario.

Asimismo, sugiere a  la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura, ODECMA, proceder contra el juez Jesús Manuel Rossell Castañeda, por haber  variado el pedido de prisión a comparecencia de Loiber Rocha de manera sesgada, pese  a la existencia fundados y graves elementos de convicción en el proceso que se le sigue por el Delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de COLUSION tipificado en el artículo 384. según ley 26713 del Código Penal, en agravio del Estado  Municipalidad Distrital de Curiamaná.

Cabe recordar que Jesús Manuel Rossell Castañeda, juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ucayali, fue quien cesó el pedido de prisión de Loiber Rocha Pinedo. En base a esa mala y perversa decisión, el JNE; a velocidad de la luz, pese a la existencia de una apelación y ya habiendo incluso sido separado del cargo este magistrado por su cuestionada decisión, le restituye la credencial de acalde a Loiber.

Posteriormente a ello, la historia ya es harto conocido: fuego, sangre, muertes y desesperación se produjeron en Curimaná, como producto del enfrentamiento del pueblo (Frente, Agentes rurales, Rondas) contra Loiber y sus seguidores en su intento de tomar el poder municipal.

Lo positivo en esta gran pelea contra la corrupción y contra la banda que opera desde  altas esferas de las Instituciones de Estado, donde están inmiscuidos jueces, abogados y voceros, hay intentos por desarticularlos, como   la separación del cargo de este juez Rossell. Del mismo modo, el otro juez, Valentín Inocente Paulino, quien de forma recurrente venía favoreciendo a Loiber, fue separado y está en proceso de investigación por la OCMA.

Los pobladores de Curimaná lo tomaron a esta noticia con mucha desconfianza y esperan que las decisiones posteriores de los jueces no sean manipuladas nuevamente y acelere el Ministerio Público con las investigaciones para realizar la sentencia definitiva a Loiber Rocha por el conjunto de delitos que ha venido cometiendo durante los periodos consecutivos de su gestión.
Escribe: Prof. Bilsán Salazar Uzuriaga


Lee parte final de la resolución:
Convicción que vincula al investigado con los hechos, resulta razonable revocar la resolución a efectos de dictarse la medida de Prisión Preventiva.
5.12. Asimismo, estando a la actuación del A quo, en el sentido de que pese a la evidente subsistencia de fundados y graves elementos de convicción, éste de manera sesgada y sin actuar con objetividad declaró fundado la solicitud de Cese de Prisión Preventiva del imputado Loiber Rocha pinedo, lo cual llama sobre manera la atención; este Colegiado, considera oportuno remitir copias de los actuados a la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones, máxime si se toma en consideración lo establecido en el numeral 1) del artículo 34 de la Ley N' 29277. Ley de la Carrera Judicial, que prescribe que todo magistrado debe: "impartir justicia con independencia, prontitud, imparcialidad, razonabilidad y respeto al debido proceso", conducta que actualmente constituye falta muy grave prevista en el numeral 13) del artículo 48' de la Ley N' 29277-Ley de la Carrera Judicial.
SEXTO: DECISION:
Por las consideraciones expuestas este colegiado resuelve:
REVOCAR la resolución número seis de fecha dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, que declara fundado la solicitud de Cesación de la Prisión Preventiva, formulado por la defensa técnica de Loiber Rocha Pinedo, en la investigación que se le sigue por el Delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de COLUSION tipificado en el artículo 384. según ley 26713 del Código Penal, en agravio del Estado — Municipalidad Distrital de Curimana, con lo demás que contiene; y, REFORMÁNDOLA Se declara INFUNDADA la solicitud de Cese de Prisión Preventiva, peticionada por el investigado Loiber Rocha Pinedo.
2. ORDENARON, se cursen los oficios respectivos para la captura e internamiento del investigado Loiber Rocha Pinedo en el Establecimiento Penitenciario.
3. DISPUSIERON se remita copias de los actuados a la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.
4. ORDENARON se devuelvan los autos al Juzgado de origen para los fines consiguientes. Notificándose previamente con arreglo a ley.-
Martínez Castro (Pdte.)
Aquino Osorio.

Guzmán Crespo: 

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